¿Tiene dudas?

Claves entre un Almacén fiscal y un Almacén General de depósito.

¿Tiene dudas? Claves entre un Almacén fiscal y un Almacén General de depósito.

¿Tiene dudas? Claves entre un Almacén fiscal y un Almacén General de depósito. 1024 513 EAL
  1. El almacén fiscal es el almacenamiento de productos, de procedencia nacional o extranjera, en depósitos autorizados por aduanas. Para que estos almacenes puedan funcionar deben cumplir con los términos y requisitos que indica la ley.
    Los almacenes generales están facultados para recibir mercancías y almacenarlas por el tiempo que el propietario decida. Son regulados por dos entidades serias como lo son la Superintendencia de Bancos y la SAT.
  2. La mercancía almacenada en los depósitos fiscales se puede extraer total o parcialmente para que pueda ser importada o exportada, según sea el caso. Al estar en Almacén Fiscal, se encuentra en un stand by del pago de impuestos en lo que el importador decide su comercialización.
    El objetivo de los Almacenes Generales es guardar y conservar las mercancías, apoyando con el uso de espacio variable que el usuario puede necesitar sin comprometerse a tener una bodega propia con renta fija y los demás servicios que se conocen como necesarios en una bodega propia.
  3. El régimen de almacén fiscal también es utilizado para aplazar la elección del régimen de importación, lo que permite que los propietarios almacenen sus productos hasta por un año según la póliza DUCA de importación; posterior a esto la Aduana lo considera como un abandono y el propietario debe realizar una gestión en tiempo limitado para la recuperación antes de que sea asignado al departamento de subastas, remates o destrucción por la Administración de Aduanas.
    Sin embargo en los almacenes generales la mercancía puede estar por todo el tiempo que el propietario decida al pagar una cuota de renta.